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26 jun 20265 min de lectura#opinion

La ATU no es el Mininter

Veintiún cámaras con reconocimiento facial llegan a San Marcos como compensación social por el Metro. Nadie votó para que una autoridad de transporte vigile los rostros de 40.000 universitarios, y el Perú no tiene una ley que regule el reconocimiento facial del Estado.

Por Qhawaq

Portada: La ATU no es el Mininter

El 24 de junio de 2026, el presidente ejecutivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y la rectora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) supervisaron la primera prueba de 21 cámaras de videovigilancia con reconocimiento facial en la puerta 1 del campus. Tecnología 4K, seguimiento inteligente, zoom de alta precisión. Se instalarán en los perímetros de las avenidas Óscar R. Benavides, Amézaga y Venezuela (Andina, Crónica Viva).

La noticia se presentó como un avance en seguridad universitaria. Pero lo que ocurrió ese día en San Marcos no es un hecho aislado: es la manifestación más nítida de un patrón que lleva años creciendo sin que nadie lo haya diseñado como política de Estado. La pregunta no es si la universidad necesita más seguridad. Es quién decidió que la instalara una autoridad de transporte, y con qué fundamento legal.

¿Qué hace la ATU en un campus universitario?

La ATU es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. La Ley 30900, que la creó en diciembre de 2018, le asigna un objetivo preciso: organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao (Ley 30900, art. 3). Sus competencias giran alrededor de la movilidad: planificar rutas, administrar infraestructura de transporte, supervisar el recaudo, imponer sanciones. La palabra "seguridad" aparece en la ley solo en el sentido de seguridad vial. "Videovigilancia" no aparece. "Reconocimiento facial", tampoco.

Las 21 cámaras no se instalan en un paradero ni en una estación del Metropolitano. Se instalan en el perímetro de la universidad pública más grande del país, por donde transitan a diario más de 40.000 estudiantes, docentes y trabajadores. No es el Ministerio del Interior. No es la Policía Nacional. Es la autoridad del transporte.

La puerta trasera de los convenios

¿Cómo llegó la ATU hasta ahí? Por un convenio. La UNMSM cedió 3.500 metros cuadrados de su terreno para la estación San Marcos de la Línea 2 del Metro de Lima, a cambio de una compensación social valorizada en unos 60 millones de soles (La República). Esa compensación se desglosó en once puntos, uno de los cuales es un centro de vigilancia con casetas de seguridad en las puertas (OGCRI UNMSM). Ese punto se tradujo en 21 cámaras con identificación biométrica, cerco perimétrico, postes de luz de 13 metros y una red de fibra óptica (Crónica Viva). La compensación social se convirtió en infraestructura de vigilancia avanzada.

Nadie discute que un campus necesite seguridad. La pregunta es quién la provee, con qué tecnología y bajo qué reglas. Y la decisión de vigilar biométricamente a 40.000 personas no pasó por el Congreso, no se debatió en la Asamblea Universitaria como política de privacidad ni se consultó a la comunidad académica. Fue un convenio entre el MTC, la ATU y el rectorado, enmarcado en la cesión de un terreno. Así avanza el Estado peruano en vigilancia: no por donde debe, con ley habilitante, debate público y controles independientes, sino por donde puede, en los resquicios de los contratos de infraestructura.

Datos biométricos sin ley que los regule

Los rostros son datos sensibles. La Ley de Protección de Datos Personales (Ley 29733) clasifica como dato sensible la información biométrica que por sí misma identifica al titular (LPDP, art. 2), y fija como regla general que su tratamiento exige el consentimiento previo, informado y expreso del titular (LPDP, art. 13). La propia ley abre una excepción: no se requiere consentimiento cuando los datos se recopilan "para el ejercicio de las funciones de las entidades públicas en el ámbito de sus competencias" (LPDP, art. 14). Pero esa excepción solo se activa si la entidad actúa dentro de sus competencias. Y ahí está el nudo: vigilar rostros en un campus no es una competencia de la autoridad del transporte.

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales se pronunció en diciembre de 2025, en su Opinión Consultiva 049-2025-DGTAIPD, en el sentido de que la videovigilancia con reconocimiento facial está sujeta a la Ley de Protección de Datos y que, en manos de entidades públicas, el tratamiento de datos biométricos solo es lícito cuando resulta estrictamente necesario para el cumplimiento de competencias legales, la seguridad pública o la investigación de delitos concretos, y debe evaluarse bajo los principios de finalidad y proporcionalidad (ANPD, gob.pe). Pero una opinión consultiva no es una ley. No obliga, no sanciona, no frena.

El vacío que nadie llena

El Perú no tiene una ley que regule el reconocimiento facial por parte del Estado. Un análisis de Diálogos Humanos, plataforma vinculada al equipo de Derechos Humanos de la PUCP, advirtió en junio de 2025 que el ordenamiento jurídico carece de una regulación específica para fijar las reglas del uso del reconocimiento facial por las autoridades, lo que abre un vacío que permite implementarlo sin las salvaguardas correspondientes (Diálogos Humanos). Si ese marco no existe ni siquiera para la Policía, menos lo hay para una autoridad de transporte.

En ese silencio, la ATU avanza. Ya gestiona videovigilancia a escala masiva: en mayo de 2026 adjudicó 40.000 cámaras para 8.000 buses por más de 100 millones de soles, un sistema que, según El Comercio, operará sin inteligencia artificial (El Comercio). Las 21 cámaras de San Marcos son otra cosa: identifican rostros. Y son la punta visible de una frontera biométrica que se expande por convenio, no por ley.

Lectura

No se discute aquí si San Marcos necesita seguridad. Se discute cómo se decide la vigilancia biométrica en el Perú. No puede ser que una autoridad de transporte termine operando el reconocimiento facial del campus público más grande del país por la puerta trasera de una compensación del metro. No puede ser que 40.000 universitarios alimenten un banco de datos biométricos sin que una ley haya definido quién custodia esa información, con qué fines se usa, por cuánto tiempo se almacena y ante quién responde.

La ATU tiene trabajo de sobra: el transporte de Lima y Callao es un desorden que lleva décadas esperando solución. El patrón, en cambio, es conocido: se instala como compensación, se normaliza, se expande. Si hoy es San Marcos porque pasó el Metro, mañana será otro campus por otro corredor, y después cualquier entidad que ceda un terreno. Mientras el Congreso no legisle, la vigilancia biométrica no tendrá más límite que la voluntad del funcionario de turno. El Estado peruano corre más rápido que el derecho.

Qhawaq