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4 jul 20263 min de lectura#opinion#el-nino#transicion#gobernabilidad#descentralizacion

Emergencia en Arequipa: el decreto de Balcázar que amarra la agenda de desastres de Keiko

El DS 097-2026-PCM declara 796 distritos en emergencia por El Niño, 55 de ellos en Arequipa. La medida es responsable en el fondo, pero se tomó sin coordinación con el equipo de transición y sin asignar fondos adicionales. Un caso concreto de la transición de dos velocidades.

Por Qhawaq

Portada: Emergencia en Arequipa: el decreto de Balcázar que amarra la agenda de desastres de Keiko

La emergencia que nadie discute

El Decreto Supremo 097-2026-PCM, publicado el 2 de julio en El Peruano, declara el estado de emergencia en 796 distritos del país por peligro inminente ante el Fenómeno El Niño 2026-2027 (Andina). De ellos, 55 están en las ocho provincias de Arequipa (Correo). La medida rige por 60 días calendario y se activa ante una emergencia de nivel 4, la escala más alta dentro del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Correo). Los modelos climáticos difundidos apuntan a anomalías térmicas severas, con picos que superarían los 7 °C en Paita, según advirtió un analista (RCR). El fondo es difícil de discutir: hay que actuar antes de que el agua arrase.

El "cómo" que incomoda

El decreto se publicó el 2 de julio. Hoy, 3 de julio, el Jurado Nacional de Elecciones proclama a Keiko Fujimori como presidenta electa (Gestión). La firma de José María Balcázar, presidente interino cuyo mandato expira el 28 de julio, y de su gabinete cierra una decisión de alto impacto adoptada mientras el JNE se preparaba para proclamar a quien gobernará cuando la emergencia esté en plena ejecución. La secuencia es reveladora: un día después de que Balcázar firmara el decreto, Fuerza Popular reiteró que pedirá facultades legislativas para enfrentar el Fenómeno El Niño (El Búho). El gobierno saliente ya había definido, sin consultar, el mapa de la emergencia.

Este diario describió hace 24 horas una «transición de dos velocidades»: el que se va firma, el que llega paga. El decreto de emergencia es el caso de manual. La decisión es correcta en su contenido, pero su forma revela un interregno donde el poder saliente sigue tomando decisiones estratégicas como si el calendario electoral no hubiera ocurrido.

Emergencia sin chequera

Hay un detalle que suele pasar inadvertido en los titulares: la implementación de las medidas «se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al tesoro público» (Andina). Traducido: se declara la emergencia, pero no se pone un sol nuevo sobre la mesa. Los gobiernos regionales y municipales deberán ejecutar las obras de prevención, respuesta y rehabilitación con lo que ya tienen. En un país donde la ejecución presupuestal de los gobiernos subnacionales arrastra déficits crónicos, la pregunta no es si la declaratoria es necesaria, lo es, sino si la billetera alcanza para que el papel se convierta en muros de contención, drenajes y albergues.

Lo que el ciudadano recibe (y lo que no)

Para el vecino de Cayma, de Characato o de Cocachacra, el decreto significa que su municipio puede, y debe, actuar de inmediato. Pero solo podrá hacerlo con la plata que ya tiene. La emergencia existe en el papel desde el 2 de julio; en la quebrada, en el río y en la ladera, existirá cuando llegue el financiamiento y la capacidad técnica para ejecutar.

Y aquí la fractura invisible: quien firma hoy no responderá mañana. Si en octubre las lluvias desbordan una quebrada que debió ser canalizada con fondos que nunca llegaron, el ciudadano no le reclamará a Balcázar. Le reclamará al gobierno que recién empieza, pero que hereda una emergencia diseñada sin su participación y financiada sin recursos frescos. Frente a una lluvia que no espera al cambio de mando, esa distancia entre quien firma y quien responde no es un detalle: es el margen por el que se cuela el desastre.

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