Armar a Emape: cuando la seguridad ciudadana se confunde con dar pistolas a una empresa de obras
Sucamec autorizó a la empresa municipal de obras a brindar vigilancia privada armada en Lima y Callao. El atajo es legal, pero no combate al crimen organizado: traslada el uso de la fuerza a guardias sin función policial.
Por Qhawaq

Sucamec autorizó a la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos (Emape) a prestar servicios de seguridad privada en la modalidad de vigilancia privada armada, con alcance en Lima y Callao y vigencia hasta el 23 de junio de 2031 (Latina Noticias). En las obras de la empresa se han registrado 5 personas fallecidas y 10 heridas (Municipalidad de Lima). La autorización no suma seguridad ciudadana: traslada el combate al crimen a una empresa de obras y difumina la frontera entre lo civil y lo policial. El delito no se enfrenta repartiendo pistolas a entidades que no fueron creadas para eso.
Qué autorizó exactamente Sucamec: una vigilancia armada de alcance metropolitano
El trámite no fue lineal: Emape modificó sus estatutos en enero de 2026 para sumar la seguridad privada armada, y su solicitud fue denegada por Sucamec el 17 de julio y el 24 de agosto antes de aprobarse el 31 de agosto (Latina Noticias). La municipalidad justificó la medida con las víctimas registradas en sus propias obras (Municipalidad de Lima).
El desvío societario: lo que el serenazgo tiene prohibido, Emape puede hacerlo
Aquí está el nudo. La ley prohíbe al sereno municipal portar armas de fuego durante el cumplimiento de sus funciones (Art. 9 de la Ley 31297). Pero el Decreto Legislativo 1213 admite que los servicios de seguridad privada sean prestados por personas jurídicas públicas o privadas, y que la vigilancia privada pueda brindarse con armas de fuego (Arts. 7 y 9 del D.Leg. 1213). Como Emape es una sociedad anónima regida por la Ley General de Sociedades y no una municipalidad, califica para lo que a los serenos de su propia dueña les está vedado (Municipalidad de Lima). Es un desvío legal: se rodea la prohibición por la vía de la forma societaria, no se resuelve el problema de fondo.
Armar obreros no es investigar delitos
El candidato Francis Allison lo resumió con precisión: la autorización es jurídicamente muy cuestionable, porque al crimen organizado no se le combate con pistolas, sino con inteligencia, investigación y criminalística (RPP). El propio marco lo reconoce: el personal de seguridad privada tiene prohibido intervenir en actividades que alteren el orden público (Art. 26 del D.Leg. 1213). Un vigilante armado custodia instalaciones; no desarticula a una banda que extorsiona a los contratistas de una obra. El senador Fernando Rospigliosi advirtió que un grupo armado municipal sería contrario a la Constitución y a las leyes (Latina Noticias).
Qué significa esto para el ciudadano
Quien paga el reclutamiento, el convenio con el Ejército para la capacitación y las armas es el contribuyente limeño, sin que nadie haya votado por una policía municipal (Latina Noticias). Y quien asume el riesgo es el vecino: un guardia de una empresa de obras, entrenado para custodiar instalaciones, tendrá que decidir en segundos si dispara en una avenida o en una obra por donde transitan peatones. La seguridad ciudadana exige investigación, inteligencia y una Policía fortalecida; no una fila de pistolas repartidas a entidades que construyen pistas.