El vacío normativo que expone al JNE: cuando la credencial de un senador depende de un error de procedimiento
El Jurado Nacional de Elecciones reconoció un vacío legal para retirar la credencial de Rafael López Aliaga y ceder el escaño a Absalón Vásquez. El episodio revela grietas en las reglas electorales justo cuando se instala el Congreso bicameral y a menos de tres meses de las elecciones regionales.
Por Qhawaq

El 20 de julio de 2026, a una semana de la instalación del nuevo Congreso bicameral, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó sin efecto la credencial de senador de Rafael López Aliaga y convocó en su reemplazo a Absalón Vásquez Villanueva Gestión. La decisión respondió a un pedido del propio López Aliaga, que comunicó su voluntad de no juramentar, y el Pleno la adoptó por mayoría apoyándose en un argumento que el mismo organismo calificó de "vacío normativo" La República. La frase no es una confesión menor: es la admisión de que la autoridad electoral resolvió sobre un hecho para el cual no existía una regla clara. Y ese reconocimiento, lejos de cerrar la controversia, la agrava.
La irrenunciabilidad del mandato: senador electo frente a senador incorporado
El artículo 95 de la Constitución Política del Perú establece que el mandato legislativo es irrenunciable. El JNE interpretó que esa irrenunciabilidad solo opera cuando el congresista ya se ha incorporado al cargo, no antes. Para el organismo, López Aliaga nunca llegó a ser senador en ejercicio: fue proclamado y recibió una credencial, pero no juramentó. Ese matiz, la diferencia entre "senador electo" y "senador incorporado", fue la rendija por la que el Pleno justificó su intervención.
La propia resolución, identificada como N.° 1757-2026-JNE, reconoce que la ley no contempla qué hacer cuando un candidato electo se niega a asumir antes de la instalación del Parlamento RPP. Ese vacío es precisamente lo que el JNE decidió llenar por su cuenta, amparándose en que la justicia electoral no puede detenerse ante un vacío de la ley. El especialista en procesos electorales Fernando Rodríguez advirtió que esta interpretación sienta un "precedente peligroso" al permitir que un candidato decline al cargo sin consecuencias ATV.
Un escaño que pasa a un exministro condenado por corrupción
El escaño cambia de manos hacia una figura con cuentas pendientes con el Estado. Absalón Vásquez fue el candidato no proclamado con la mayor votación preferencial restante en la lista de Renovación Popular al Senado. Fue congresista en 2000 por Perú 2000, la agrupación fujimorista, y ministro de Agricultura durante el gobierno de Alberto Fujimori. Sobre él pesa una condena por peculado y una deuda por reparación civil de más de un millón de soles con el Estado, de la que ha pagado apenas una fracción La República. Así, una decisión que el JNE justificó para completar los 60 escaños del Senado y no recortar la representación de Renovación Popular termina entregando la curul a un cuadro con antecedentes judiciales.
La misma resolución deja a López Aliaga el camino libre para postular como teniente alcalde de Lima en las elecciones regionales y municipales de octubre de 2026, también por Renovación Popular Gestión. El partido gana un candidato para la campaña subnacional y coloca un cuadro propio en el Senado sin perder la curul.
Un precedente en el peor momento institucional
El fallo del JNE llega cuando el sistema electoral peruano opera bajo una presión inédita. El nuevo Congreso bicameral se instala el lunes 27 de julio y las elecciones regionales y municipales están a menos de tres meses. Además, el propio JNE ha advertido que aún le falta el 50 % del presupuesto para organizar esos comicios La República. Que justo ahora el organismo reconozca un vacío normativo que él mismo debe tapar, y anuncie la elaboración de un proyecto de ley para que el Congreso lo resuelva, revela un desfase entre las urgencias del calendario electoral y la solidez del andamiaje jurídico que debería sostenerlo.
El propio JNE ordenó a su Oficina General de Asesoría Jurídica preparar un proyecto de ley para regular estos casos en el futuro RPP. Es decir, primero se resolvió sin norma y luego se buscará la norma que debió existir. La secuencia es reveladora.
Lo que está en juego para el ciudadano
Cada uno de los 60 escaños del Senado representa a cerca de 450 mil electores. Que uno de esos escaños cambie de titular por una interpretación administrativa y no por una regla escrita no es un tecnicismo: es una alteración de la representación política que el ciudadano construyó con su voto. Si el mandato se puede desactivar antes de nacer, la papeleta que el elector depositó en abril vale menos de lo que creía. Y si las reglas se escriben después del partido, se juega sin árbitro.