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23 jun 20264 min de lectura#opinion

El negocio de las apuestas deportivas: cómo el JNE se convierte en aliado del lobby para tumbar su propia ley

El órgano electoral certificó 5,058 firmas para que el TC evalúe la inconstitucionalidad de la ley que regula al sector. Detrás del promotor formal están los operadores de apuestas. ¿Quién defiende el interés público cuando los regulados capturan los canales de participación ciudadana?

Por Qhawaq

Portada: El negocio de las apuestas deportivas: cómo el JNE se convierte en aliado del lobby para tumbar su propia ley

El 17 de junio de 2026, el Jurado Nacional de Elecciones publicó la Resolución 1273-2026-JNE, que certifica 5,058 firmas hábiles de ciudadanos para que el Tribunal Constitucional evalúe una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 31557 y los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo 1644. Esas firmas abren la puerta a un proceso que podría tumbar el impuesto selectivo al consumo (ISC) del 1% que grava las apuestas deportivas desde 2025.

El procedimiento es impecable en lo formal. El JNE recibe los planillones, los remite al RENIEC para la validación y certifica el resultado. La ley le asigna ese rol administrativo y el órgano electoral lo cumple sin evaluar el fondo de la demanda. Pero la imagen que queda es otra: un órgano constitucional que presta sus mecanismos al sector regulado para que este intente tumbar la regulación que debe cumplir. Esa es la paradoja.

El promotor que figura en los planillones es Diego Roberto Landeo Cárdenas, un abogado vinculado a B Capital SAC y Corporación PJ. Pero detrás del ciudadano formal están los operadores de apuestas deportivas, según reveló La República el 22 de junio. No es un movimiento ciudadano espontáneo: es una estrategia jurídica con financiamiento, abogados y lobistas. Las 5,058 firmas no nacieron de la indignación popular sino de una industria que factura miles de millones y que encontró en los mecanismos de participación ciudadana una vía para defenderse del impuesto.

El impuesto que nadie quiere pagar

El DL 1644, emitido durante el gobierno de Dina Boluarte, impuso un ISC del 1% sobre el monto apostado en plataformas de juego a distancia. Según un análisis recogido por Líbero en septiembre de 2025, al gravar bonos, promociones y rejuego (dinero que el apostador reinvierte sin haberlo retirado), la carga tributaria efectiva puede rozar el 50% de los ingresos brutos de los operadores.

Los argumentos de inconstitucionalidad circulan desde que la norma entró en vigor. El ex presidente del Tribunal Constitucional Carlos Mesía advirtió que «al no estar contemplada de manera taxativa, el impuesto simplemente no existe legalmente». El tributarista José Verona lo calificó como «una norma discriminadora» que genera «competencia desleal evidente», según recogió Diario Extra en julio de 2025.

El Congreso intentó corregir, el Ejecutivo lo frenó

El debate no es solo judicial. El Congreso aprobó el Proyecto de Ley 9645 para corregir los aspectos más cuestionados del DL 1644, pero en julio de 2025 el Ejecutivo lo observó. El argumento del Ministerio de Economía fue contundente: la corrección reduciría la recaudación de S/289 millones a solo S/14 millones anuales. Este martes 24 de junio de 2026, el Pleno del Congreso debatirá la insistencia. Si no se aprueba, la demanda ante el TC sigue su curso.

Un mercado de US$2,500 millones

Lo que está en juego es considerable. Según Corrientes Hoy, el mercado peruano de apuestas movió US$2,500 millones en 2025 y se proyecta que alcance US$3,000 millones en 2026. La recaudación tributaria del sector entre enero y noviembre de 2025 fue de S/419.5 millones, de los cuales S/117.4 millones provinieron de apuestas a distancia.

Pero el impacto de la regulación también se mide en lo que ya no está. Según el mismo reportaje de La República, entre 2025 y 2026 salieron del mercado 40 operadores y se cerraron 1,500 puntos de venta. Los patrocinios de casas de apuestas a clubes de fútbol peruano cayeron de 18 en 2024 a apenas 5 en 2026. El sector se contrae mientras el litigio avanza.

¿Quién defiende el interés público?

La pregunta que esta historia deja abierta es institucional: ¿quién defiende el interés público cuando los propios regulados capturan los mecanismos de participación ciudadana?

El JNE certifica firmas porque la ley lo manda. No puede negarse ni evaluar el fondo. El Ministerio de Economía defiende la caja fiscal, S/289 millones, pero no la protección al consumidor, ni la prevención del lavado de activos, ni la integridad deportiva. Son bienes jurídicos difusos, sin un defensor visible en el proceso constitucional.

Las casas de apuestas, en cambio, tienen abogados, lobistas y ahora 5,058 firmas certificadas por el propio Estado para llevar su caso al Tribunal Constitucional. La asimetría es evidente: el interés público es de todos y de nadie a la vez. Cuando el proceso constitucional exige un promotor ciudadano con firmas, pero quien realmente impulsa la demanda es una industria con facturación millonaria, el mecanismo de participación se desnaturaliza.

El fantasma de 2001

Hay un antecedente que debería preocupar al Estado. En 2001, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales disposiciones tributarias aplicables a casinos y tragamonedas en el Expediente 009-2001-AI/TC. La sentencia obligó al Estado a reliquidar, compensar y devolver lo recaudado bajo ese régimen.

Si el TC vuelve a fallar en la misma línea contra el DL 1644, el costo no sería solo la pérdida de recaudación futura sino la devolución de lo ya cobrado. El riesgo fiscal es concreto.

Mientras tanto, el reloj corre. Este martes 24 de junio el Congreso define si insiste en corregir la norma por la vía legislativa. Si no lo hace, la última palabra la tendrá un tribunal que ya tumbó un impuesto parecido hace 25 años. Y la paradoja quedará completa: el Estado que legisla, el Estado que certifica las firmas y el Estado que eventualmente devuelve lo recaudado. Todo dentro de la más estricta legalidad.