La expropiación que el Congreso llama formalización
El proyecto que obliga a concesionarios mineros a firmar contratos con operadores del REINFO no busca formalizar: sustituye la voluntad del titular por la del Estado. Premia al que operó fuera de la ley y castiga al que cumplió. No es un accidente legislativo: es la culminación de un esfuerzo de años.
Por Qhawaq

El proyecto que el Congreso saliente tramita en la Comisión de Energía y Minas no es una formalización. Llamarlo así es un ejercicio de prestidigitación legislativa. Se parece mucho más a una expropiación encubierta de derechos mineros, con el Estado como brazo ejecutor de un contrato que el titular no quiere firmar. Premia al que operó fuera de la ley durante años y castiga al que cumplió con cada trámite, cada canon y cada fiscalización.
La iniciativa la presentó a mediados de junio la congresista Silvia Monteza Facho, de Acción Popular, envuelta en el lenguaje amable de una ley para promover la pequeña minería y la minería artesanal. Su artículo central obliga a los titulares de concesiones con oro predominante, donde operan mineros inscritos en el REINFO, a celebrar un contrato de explotación a solicitud de esos mineros en un plazo de 60 días (Gestión, 22 jun 2026). El dueño de la concesión no elige con quién se asocia ni bajo qué condiciones: recibe una solicitud y tiene dos meses para firmar.
La pregunta es qué pasa si se niega. Ahí está el corazón del asunto. El proyecto prevé que, ante la negativa del titular, el Estado proceda a la "ejecución subsidiaria" del contrato, sin extinguir el título minero (Gestión, 22 jun 2026). Dicho sin eufemismos: si el concesionario no firma, firma el Estado por él. La Dirección General de Formalización Minera del Minem entra primero como mediadora y, si no hay acuerdo, sustituye la voluntad del propietario. Como "compensación", el proyecto fija una regalía de 5% sobre las ventas a plantas certificadas, o de 10% cuando el comprador no lo está (Gestión, 22 jun 2026). Un porcentaje decidido por ley reemplaza al precio que habría pactado un dueño libre. Eso, en el derecho, tiene un nombre, y no es "contrato".
A quién se premia y a quién se castiga
Conviene mirar el universo que esta ley quiere instalar dentro de las concesiones formales. El REINFO acumula más de 82 mil inscripciones; de ellas, alrededor de 24 mil seguían vigentes a mediados de 2025 y más de 57 mil estaban suspendidas (RPP, jun 2025). No es un padrón de mineros ya formalizados: es una sala de espera que el Congreso volvió a prorrogar, esta vez hasta el 31 de diciembre de 2026 (Infobae, 5 dic 2025). En Madre de Dios, la región más golpeada por la minería ilegal de oro, hay 2,171 inscritos, y solo en la provincia del Manu 44 de ellos siguen operando pese a mantener investigaciones fiscales abiertas por minería ilegal y contaminación (IIMP). A operadores de ese universo el proyecto de Monteza les entregaría una llave legal para entrar a una concesión ajena.
Del otro lado está el titular que hizo las cosas como manda la norma: pagó su derecho de vigencia, presentó sus instrumentos ambientales, se sometió a la fiscalización. A ese se le pide ahora que ceda la operación de su concesión, bajo la amenaza de que el Estado lo haga en su lugar. La señal es difícil de leer de otra forma: cumplir terminó saliendo más caro que no cumplir.
No es un proyecto solitario
La iniciativa no aparece en el vacío. Es parte de una tanda de normas favorables a la minería informal que el Congreso saliente apura antes del cambio de legislatura. En la misma carpeta está el Proyecto de Ley 3377, que abriría concesiones en territorios sensibles como Madre de Dios y permitiría operar con estudios ambientales todavía en trámite (Correo). Una investigación de Mongabay identificó a 88 congresistas que buscan la reelección y que ya votaron a favor de leyes que favorecen a la minería ilegal (Mongabay, abr 2026). El método se repite: usar las últimas semanas de mandato para dejar amarrado lo que un Congreso nuevo difícilmente aprobaría.
El sector formal entiende lo que está en juego. Cuando se debatió otra norma que permitía recortar concesiones, exfuncionarios como el exviceministro de Minas Guillermo Shinno advirtieron que basta con anunciar que un título puede ser tocado por ley para dañar la seguridad jurídica sobre la que se decide cualquier inversión de largo plazo (IIMP). Quien arriesga capital a diez o veinte años no lo hace donde su concesión puede ser ocupada por un tercero con respaldo del Estado.
Para el concesionario que hizo todos sus deberes, el proyecto de Monteza no es una abstracción jurídica: es la notificación que puede llegarle con el nombre de un operador del REINFO, un plazo de 60 días y la advertencia de que, si no firma, el Estado firmará por él. Para el peruano que vive río abajo de una cuenca aurífera, es la señal de que el mismo universo de operadores cuya práctica envenena los ríos pasará a hacerlo con un contrato de por medio, mientras la prohibición del mercurio que la propia ley promete corre el riesgo de quedar, como tantas otras, escrita solo en el papel. El Congreso que termina su mandato en julio de 2026 deja, entre sus últimas iniciativas, un legado que se mide en concesiones cedidas y cauces que nadie se compromete a limpiar.